plusvalía municipal en Castro Urdiales 2022

CÁLCULO DEL IMPUESTO

SOBRE INCREMENTO DE VALOR

DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

El ayuntamiento de Castro Urdiales ya ha aprobado la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal). Ha entrado en vigor desde el 12 de mayo de 2022.

 Este impuesto grava la transmisión de los terrenos, haya o no edificación en ellos, y lo debe pagar el vendedor de una vivienda, el que recibe la donación o el que hereda el inmueble. Y no se debe abonar si se vende por debajo del precio de compra (venta en pérdida) aunque sí que hay que presentarlo.

 Tenemos 30 días hábiles desde que se produce la venta o la donación para presentarlo en el ayuntamiento y si es una herencia tenemos 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable hasta un año.

 Documentos que necesitamos para calcularlo:

  • El recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, IBI, en el que conste el valor catastral de suelo (si no consta en el recibo desglosado cual es el valor catastral del suelo hay que solicitar la “ficha catastral del inmueble” en las oficinas de recaudación de la C/ Leonardo Rucabado, nº 5.
  • La Escritura de adquisición del inmueble.
  • La “Tabla de Coeficientes” para el cálculo de plusvalías municipales (al final del post).

 Cálculo de la cuantía a pagar:

 La cuota a pagar es en Castro de un 14,30 % de la Base Imponible. Para su pago lo primero que tenemos que calcular es la “Base Imponible”, para ello tenemos 2 opciones y escogeremos la que nos sea más ventajosa:

 1ª opción – Plusvalía Real: aquí aplicamos la diferencia entre el precio de adquisición/compra y el precio de venta tras aplicar la proporción que representa el valor del suelo sobre el valor catastral total. 

 2ª opción – Sistema Objetivo: aquí multiplicamos el “valor catastral del suelo” en el momento de la venta aplicando el coeficiente de la Tabla del ayuntamiento. Estos coeficientes se van actualizando anualmente según las variaciones del mercado inmobiliario.

 Pondré un ejemplo para que lo veamos más claro:

 Si hemos comprado una vivienda en el 2017 por 310.000 € y la vendemos en el 2021 por 350.000 € por lo que la “plusvalía total” (ganancia del suelo + construcción) será de 40.000 € en 5 años.

 En la fecha de venta el valor catastral total (según el recibo de IBI del año 2021) era de 100.000 € y según el catastro le corresponden el 60 % al suelo y el 40 % a la construcción.

 Según la opción 1ª Plusvalía Real:

Por lo que la “plusvalía del suelo” es del 60 % de esos 40.000 € = 24.000 €.

 Según la opción 2ª Sistema Objetivo:

Valor catastral del suelo año de venta (100.000 € x 60 % = 60.000 €) por el coeficiente para 5 años que según la tabla de coeficientes es del 0,17. Por lo que serán 60.000 € x 0,17 = 10.200 €

 Elegimos el Sistema Objetivo por ser la opción menor. Por lo tanto, Cuota a pagar = B.I. Objetivo x Tipo de gravamen. 10.200 € x 14,30 % (tipo impositivo en Castro Urdiales) = 1.458,60 €.

 Espero que ahora os haya quedado más claro este asunto, pero, si tenéis cualquier duda llamadme y estaré encantado de explicároslo caso por caso.

 Alejandro Mazón.

  

Tabla de coeficientes para el cálculo de la plusvalía municipal:

Periodo

Coeficiente

Periodo

Coeficiente

Inferior a 1 año.

0,14

11 años.

0,08

1 año.

0,13

12 años.

0,08

2 años.

0,15

13 años.

0,08

3 años.

0,16

13 años.

0,08

4 años.

0,17

14 años.

0,10

5 años.

0,17

15 años.

0,12

6 años.

0,16

16 años.

0,16

7 años.

0,12

17 años.

0,20

8 años.

0,10

18 años.

0,26

9 años.

0,09

19 años.

0,36

10 años.

0,08

Igual o superior a 20 años.

0,45

 

Para periodos inferiores a un año el coeficiente es el 0,14 para los 12 meses. Se divide entre los meses que han pasado de la compra a la venta. Por ejemplo: para 7 meses (0,14/12) * 7 = 0,08.

Alejandro Mazón

Tu agente inmobiliario en Castro

Llámame y hablamos.

Abrir chat
Para ampliar información o para un caso concreto, por favor, llámame y hablamos.